- Los contribuyentes que quieran solicitar al fisco lo que han pagado por el 'céntimo sanitario' cuando han llenado el depósito de sus vehículos sólo podrán hacerlo de lo efectivamente ingresado entre marzo de 2010 y diciembre de 2012, dado que el resto de ejercicios fiscales ya están prescritos.
- La Ley General Tributaria establece la prescripción del derecho a solicitar las devoluciones derivadas de ingresos indebidos a partir de los cuatro años, por lo que únicamente los últimos ejercicios de vigencia de este recargo -se suprimió desde el 1 de enero de 2013- son los que están en vigor a la fecha de hoy, cuando el Tribunal Superior de Justicia de la UE ha declarado ilegal el 'céntimo sanitario'.
- A los afectados que ya hubieran solicitado la devolución a Hacienda, esa prescripción de marzo de 2010 no les afecta.
- Imprescindible una factura detallada
- Fenadismer cifra en 2.300 millones las devoluciones a los transportistas
Es decir, y por poner un ejemplo, aquellos que reclamaron en abril de 2009 la devolución de ese impuesto, podrán reclamarlo desde abril de 2005, siempre y cuando haya un proceso judicial esté abierto.
Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) estiman también que la cantidad a reintegrar por el 'céntimo sanitario' rondaría los 3.956 millones de euros, una cifra en la que se englobaría una cifra muy inferior a los 13.000 millones que recaudó el Gobierno por este concepto durante el tiempo que estuvo vigente.
Este desfase entre lo ingresado y lo que ahora deberá reintegrar a la prescripción de 9.176 millones correspondiente a los ejercicios fiscales anteriores, precisamente a la Ley General Tributaria establece un periodo máximo de cuatro años para la solicitud de ingresos indebidos.
Imprescindible una factura detallada
Desde el colectivo de técnicos del Ministerio de Hacienda se recuerda que exigir la devolución de lo pagado injustamente obliga a cada uno de los contribuyentes a aportar a la Agencia Tributaria todas las facturas de las diferentes gasolinerasen las que hayan llenado el depósito de sus vehículos, con el desglose de los litros repostados y el detalle del impuesto devengado.
Por todo ello, indican que será muy complicado para el ciudadano de a pie, que no sea una empresa dedicada al transporte, poder ir de gasolinera en gasolinera pidiendo facturas -un simple ticket no sirve porque no viene el desglose del impuestopagado- de los últimos tres años y, a su vez, para las estaciones de servicio sería un trabajo burocrático inmenso que, según los técnicos de Hacienda, les "empantanaría".
En el caso de que algún contribuyente se arme de paciencia y consiga que las gasolineras le entreguen las facturas de lo pagado indebidamente, bastará con dirigirse a cualquier oficina de la Agencia Tributaria de la comunidad en la que pagó el impuesto y solicitar la devolución de ingresos indebidos, tipificada en la normativa fiscal, y presentar todas las facturas que haya recopilado.
Fenadismer cifra en 2.300 millones las devoluciones a los transportistas
La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) estima que, por los últimos años cada camionero puede reclamar una media de 16.000 euros y cada conductor de autobús unos 14.000, para el sector en su conjunto la devolución supondría unos 2.300 millones de euros.
La federación planteó formalmente al TJUE que el fallo no contemplara ninguna limitación temporal que impidiera la devolución del impuesto indebidamente recaudado en los últimos años. A partir de ahora, Fenadismer analiza la situación de los procedimientos ya iniciados contra la Administración y los nuevos cauces jurídicos respecto a los transportistas que no hubieran presentado reclamación antes de la sentencia.
Precisamente, los Técnicos de Hacienda señalan que aquellos profesionales que solicitaron por la vía judicial la devolución del IVMDH en diciembre de 2013, aconsejados por las agrupaciones de transportistas, podrían reclamar a las correspondientes administraciones hasta 510 millones de euros más, monto proveniente de la recaudación del impuesto desde el cuarto trimestre de 2009, fecha resultante de calcular los cuatro años anteriores a la generalización de las solicitudes de devolución.
Por su parte, la defensora del Pueblo, Soledad Becerril, señala que "España deberá cumplir la sentencia y, si así lo dice, restituir las cantidades oportunas".
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