FENADISMER va a solicitar al Ministro de Hacienda que se apruebe con carácter urgente la derogación cautelar del "céntimo sanitario" de los carburantes hasta que no se resuelva el recurso presentado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, al que se ha sumado el Tribunal Superior de Galicia, ha planteado ante ese Tribunal Comunitario una cuestión prejudicial para que analice la posible ilegalidad del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, el denominado "céntimo sanitario", aprobado por la Ley 24/2001 de 27 de diciembre y en vigor desde Enero de 2002, por considerar ambos Tribunales que el impuesto podría ser contrario a la normativa europea en materia de fiscalidad sobre los carburantes.
Este tributo grava el consumo de carburantes (gasolinas o gasóleos) con un sobrecargo en toda España (a excepción de Canarias) de 2’4 céntimos por cada litro consumido, tanto por los consumidores profesionales (transportistas y taxistas principalmente), como por los restantes consumidores particulares. Asimismo, en varias Comunidades Autónomas se está aplicando un recargo superior que alcanza hasta los 4’8 céntimos de euro por litro.
En 2008, la Comisión Europea, mediante dictamen motivado, instaba al Gobierno español a que modificara la legislación española por considerar que dicho impuesto no se ajustaba a la normativa comunitaria, amenazando con presentar la correspondiente demanda ante el Tribunal de Justicia Europeo, si no corregía dicha situación ilegal.
A pesar de la resolución de la Comisión Europea, a la que se suma las cuestiones de prejudicialidad planteadas por los Tribunales Superiores de Justicia, los sucesivos Gobiernos españoles han mantenido vigente el impuesto sanitario sobre los carburantes, por lo que de dictarse una previsible sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, podría obligar a la Agencia Tributaria española a devolver a los consumidores profesionales y particulares lo recaudado en los últimos 5 años por este impuesto, en torno a 1.000 millones de euros anuales, más los intereses legales de demora vigentes, lo que supondría un importante quebranto económico para las arcas públicas superior a los 6.000 millones de euros.
Ello, según FENADISMER, aconseja dejar en suspenso inmediato la aplicación de dicho impuesto a fin de no agravar la precaria situación financiera de la Hacienda española y sustituirlo por otras fórmulas fiscales de financiación tanto estatal como autonómicas.
La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), es una organización de ámbito nacional que agrupa a más de 32.000 pequeñas y medianas empresas de transporte por carretera en toda España.
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